Aguinaldo de Navidad: Revisa cuál es el monto y quiénes recibirán el dinero - Chilevisión
29/11/2018 12:23

Aguinaldo de Navidad: Revisa cuál es el monto y quiénes recibirán el dinero

Los empleados públicos, del sector privado y pensionados obtienen el beneficio de distinta forma.

Publicado por CHV

A menos de un mes que sea la celebración de Navidad, trabajadores ya comienzan a considerar un monto económico extra que recibirán en diciembre.

Se trata del aguinaldo, dinero que recibirán los empleados públicos, pensionados, de acuerdo con lo estipulado por la Ley 21.050, y también algunos trabajadores del sector privado.

¿De cuánto será el monto este año? Esto varía según cada caso del trabajador.

Empleados públicos

Entre los beneficios acordados en la negociación de los dirigentes del sector público con el gobierno, además del incremento salarial de un 3,5%, se contempla el aumento en bonos y aguinaldos.

En el caso del aguinaldo de Navidad de este año, será de $56.297 para los trabajadores que tengan una remuneración líquida igual o inferior a $752.209, mientras que los empleados que tengan un sueldo líquido superior a éste e inferior a $2.490.923 recibirán $29.779.

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Pensionados

En este caso el aguinaldo será por un monto de $21.693 y se pagará en la pensión correspondiente al mes de diciembre.

El dinero lo recibirán todos quienes estén pensionados al 30 de noviembre del 2018 y cumplan con los siguientes requisitos.

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez de Invalidez.
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744.
  • Pensionados de reparación: Ley N°19.123 (Rettig)Ley N°19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejezde Invalidez).
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N°19.129, artículo 11).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.

(Fuente: ChileAtiende)

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Trabajadores del sector privado

En el caso de las empresas privadas los empleadores no están obligados a entregar un aguinaldo. Sin embargo, hay una excepción, ya que la Dirección del Trabajo estipula que, si durante un año se entregó el beneficio, su entrega para los años siguientes opera como un derecho adquirido.

“Por ejemplo, si un empleador entrega aguinaldo por 3 ó 4 años seguidos y al 5º no puede hacerlo, los sindicatos podrán reclamar este derecho ante la justicia laboral”, afirmaron desde este servicio público.

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