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Pedofilia internacional: Acogen extradición de chileno a EE.UU. acusado de producir pornografía infantil

El fallo dictado por el ministro Ricardo Blanco en contra de Daniel Bravo Gidi, debe ser revisado por la Sala (Penal) de la Corte Suprema. Los antecedentes enviados a Chile por la justicia estadounidense revelan que el imputado usaba la “chapa” digital de “Danny”, “Light” o bien “Kurohigexyonko” para obligar a que las menores realizaran actos de connotación sexual frente a una webcam, videos que compartía con una red internacional. Los documentos los revela CHV Noticias.

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Por Jorge Molina Sanhueza
Pedofilia internacional: Acogen extradición de chileno a EE.UU. acusado de producir pornografía infantil

El ministro instructor de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, accedió a la solicitud de extradición -formulada por Estados Unidos- en contra del chileno norteamericano Jean Daniel Bravo Gidi, por delitos de explotación de menores de edad y producción de pornografía infantil.

De acuerdo a la decisión adoptada por el magistrado, Bravo Gidi habría participado en una red internacional que compartía videos e imágenes de niñas adolescentes y de menores de edad al menos desde 2013 a 2018.

Lea la decisión del magistrado

Los hechos que Blanco consideró para acceder a la petición, provienen de un escrito enviado por el Departamento de Justicia de USA, que incluyó datos de la investigación desarrollada por el FBI, conocida como “operación pacifier”.  Esta última palabra, traducida al español significa “chupete” que usan los bebés en sus primeros años.

Parte de esos hechos llegaron a Chile en 2017. Gracias a ellos, Bravo Gidi fue condenado al año siguiente ante el 13º Juzgado de Garantía de Santiago, por almacenamiento de material pornográfico, cumpliendo su pena en libertad.

Lea la solicitud de extradición

Esta sanción penal fue considerada por el ministro Blanco dentro del análisis jurídico, pero estimó que los ilícitos invocados por el país del norte no habían sido sancionados en Chile.

Para los efectos procesales, la decisión del ministro instructor Blanco es una resolución de primera instancia. Por esta razón, la defensa del imputado apeló de inmediato, ya que será la Segunda Sala (Penal) del máximo tribunal la que confirmará o revocará el dictamen.

Mientras se fija audiencia, Bravo Gidi quedó con medidas cautelares de firma semanal ante Carabineros y arraigo nacional.

Lea la apelación del imputado

Chapas digitales

Los antecedentes obtenidos por el FBI, dan cuenta que Bravo Gidi se hacía llamar “Danny”, “Light” o bien “Kurohigexyonko” en la red, logrando que jóvenes menores de edad realizaran actos de connotación sexual, los que compartía por Skype con un grupo de hombres.

Parte de la red que operaba en Estados Unidos ya fue condenada y cumplen pena tras las rejas. La información judicial habla de al menos cien víctimas que cayeron en manos de la red. También hubo detenciones en Europa por la misma indagatoria.

Lea el acta judicial entre la defensa y la fiscalía

Gracias a la delación de uno de los miembros de esta organización digital, el FBI encontró algunos datos de Bravo Gidi. Por ejemplo una cuenta de Paypal y correos personales. Los datos fueron transferidos a la PDI, con los que el imputado fue detenido y condenado en 2018.

La petición estadounidense asegura que en ese caso, sustanciado por la Fiscalía Centro Norte, Bravo Gidi reconoció su participación en la red, que grabó a niñas menores y las persuadió de hacerlo, guardando el material para compartirlo.

Al respecto, la defensa del posible extraditado alegó ante el ministro Blanco que los hechos aludidos por el Departamento de Justicia del país del norte, ya fueron juzgados en Chile.

En este sentido apuntó al principio jurídico conocido como el “non bis in idem”, o bien que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. El argumento no fue considerado por el magistrado.

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