Nacional - medio ambiente

Propuesta de área protegida en La Higuera: ¿Qué significa y tendría un impacto en Dominga?

La iniciativa del gobierno para decretar un área costera protegida de múltiples usos en la zona del Humboldt será llevada ante el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad durante el último trimestre de este año. ¿Qué pasa si es efectivamente declarada? ¿Podrá seguir avanzando el proyecto minero portuario?

paz-arancibia-c
Por Paz Arancibia C.
Propuesta de área protegida en La Higuera: ¿Qué significa y tendría un impacto en Dominga? agencia uno

Tras la revelación de Pandora Papers, el Ministerio de Medio Ambiente anunció que durante los próximos meses presentará una propuesta relacionada a la creación del Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos (AMPCPMU) en La Higuera, donde se emplazaría el proyecto minero portuario Dominga.

Según señalan en un comunicado, la cartera ha trabajado durante los últimos tres años en la creación de esta nueva área protegida, asegurando que luego de la aprobación de dicha iniciativa por parte del Consejo de Ministros por la Sustentabilidad en el último gobierno de la ex presidenta Michelle Bachelet, había quedado pendiente acordar el polígono y superficie definitiva de la misma.

En ese contexto, indican que la mesa de trabajo logró definir el perímetro a proteger con el fin de abarcar a los ecosistemas y especies presentes en la denominada Área Marina Archipiélago de Humboldt. En concreto, el diseño considera un polígono propuesto ampliado que supera las 223 mil hectáreas.

La iniciativa de protección se encuentra ubicada frente al sistema costero insular de la región de Coquimbo, conformado por ocho islas e islotes del Archipiélago Humboldt, identificada según el MMA como “zona de alto valor para la conservación a nivel nacional y mundial” y como “uno de los más importantes ecosistemas costero-marinos de nuestro país”.

Lee también: Las dos caras de Dominga: Los motivos de la comunidad para oponerse o apoyar el polémico proyecto

Impacto medioambiental

Esta información, tal como se mencionó, se da en el contexto de la revelación de los denominados Pandora Papers, documentos que dan a conocer la vinculación del presidente Piñera y su empresa familiar en la compraventa del proyecto minero, que finalmente quedó a manos del empresario y amigo del mandatario, Carlos Alberto Délano.

La transacción se llevó a cabo en las Islas Vírgenes Británicas y la tercera cuota del pago por la venta de las acciones presuntamente vinculadas al jefe de Estado en 2010, estaba sujeta a la condición de que no se realizaran cambios regulatorios que obstaculizaran la instalación de la mina y su puerto en la Región de Coquimbo. Lo que contravenía entonces con la creación de esta área protegida y que hasta hoy no se ha concretado por los motivos expuestos recientemente por el Ministerio de Medio Ambiente.

Actualmente, en el sector existen tanto áreas protegidas marinas como terrestres, tales como las Reservas Marinas Choros-Damas e Isla Chañaral, y la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt. Esta última, ubicada en las cercanías de Dominga.

Según señaló en agosto a CHV Noticias la cofundadora de la Alianza Humboldt Coquimbo-Atacama, Nancy Duman, el proyecto “impactaría el archipiélago de Humboldt, toda la zona marina, incluyendo la Reserva Choros y Damas, la Reserva Islas Chañaral y la Reserva del Pingüino de Humboldt, es decir, dos zonas marinas y una terrestre”.

Por esa razón, la iniciativa de la empresa Andes Iron, propiedad de Délano, ha levantado diversas manifestaciones tanto por residentes de la zona como en otras regiones, quienes ven con preocupación su avance, ya que según dicen, sería un peligro para el medio ambiente y el ecosistema. Por su parte, desde la firma expresan que cumplen con toda la normativa legal y que se han adoptado precauciones.

La empresa asegura manifestar “un profundo compromiso con el entorno”, por lo que trabajan en una propuesta “que proporcione conocimiento científico de las condiciones actuales y futuras de la biodiversidad marina y de esa manera ajustar todas nuestras operaciones y las de cualquier empresa, en función de la preservación del medioambiente”.

Hoy, el proyecto se encuentra judicializado, ya que existe un recurso de casación en la Corte Suprema presentado por pescadores y organizaciones medioambientales para invalidar la sentencia del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta que aprobó la iniciativa, que ya había sido rechazada en 2017 por dos instancias.

Agencia Uno

Lee también: Pandora Papers y Piñera: La cláusula de la discordia que tiene en problemas al presidente

Áreas protegidas

El Ministerio de Medio Ambiente considera a distintos organismos para definir lo que es un área protegida.

De acuerdo a la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), se trata de “un espacio geográfico claramente definido, reconocido, dedicado y gestionado, mediante medios legales u otros tipos de medios eficaces para conseguir la conservación a largo plazo de la naturaleza y de sus servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados”.

Según la Convención de Diversidad Biológica (CDB), un área protegida es una zona “definida geográficamente que ha sido designada o regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de conservación”.

En tanto, The Nature Conservancy (TNC) la define como una “parcela de terreno (o un cuerpo de agua) que se caracteriza por los siguientes rasgos: i) tiene límites definidos; ii) es manejada y protegida por un individuo o entidad identificable, usualmente una agencia de gobierno; iii) ha establecido objetivos de conservación que su dirección lleva adelante”.

Basado en esos conceptos, la cartera define un área protegida como “porciones de territorio, delimitadas geográficamente y establecidas mediante un acto administrativo de autoridad competente, colocadas bajo protección oficial con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental”.

El desarrollo legislativo e institucional de las áreas protegidas en Chile ha llevado a la constitución de nueve categorías. Cada una debe cumplir con los criterios que establece el gobierno. Estos son tener como objeto de conservación la biodiversidad, contar con planes de manejo y tener mecanismos institucionales para su planificación, designación y manejo.

Las nueve categorías son las siguientes:

  • Parque Marino
  • Reserva de Regiones Vírgenes
  • Parque Nacional
  • Monumento Natural
  • Santuario de la Naturaleza
  • Reserva Forestal
  • Reserva Nacional
  • Reserva Marina
  • Áreas Marinas Costera de Múltiples Usos

Lee también: Tras revelación de Pandora Papers: Greenpeace refuerza llamado a solicitar invalidación de proyecto Dominga

El Archipiélago de Humboldt correspondería a un Área Marina Costera Protegida (AMPCPMU), que de acuerdo al MMA, “incluye porciones de agua y fondo marino, rocas, playas y terrenos de playa fiscales, flora y fauna, recursos históricos y culturales que la ley u otros medios eficientes colocan en reserva para proteger todo o parte del medio así delimitado”.

“Este tipo de área se usa a nivel mundial para conservar la biodiversidad, proteger las especies marinas en peligro, reducir los conflictos de uso, generar instancias de investigación y educación; y desarrollar actividades comerciales y recreativas. Asimismo, otro objetivo de estas áreas es la conservación del patrimonio histórico-cultural marino y costero de las comunidades que las habitan para el desarrollo sostenible del turismo, la pesca y la recreación”, añaden.

Actualmente, hay otras 13 Áreas Marinas Costeras Protegidas, mientras que hay un total de 202 de zonas protegidas en el país.

¿Qué pasa si el Archipiélago de Humboldt es efectivamente declarado como área protegida? ¿Podrá seguir avanzando Dominga?

Agencia Uno

Lee también: Bellolio por acusación constitucional contra presidente Piñera: “Está fundada en una mentira”

Requisitos y restricciones

Para Mindy Fuentes, profesora del Departamento de Ingeniería Geográfica de la Universidad de Santiago de Chile (Usach), la declaración de esta zona como área protegida no significa necesariamente que se impida el emplazamiento de Dominga.

En conversación con CHV Noticias, la académica de la carrera de Ingeniería Ambiental de la Usach explicó que en este tipo de zonas “no quiere decir que no se puedan hacer actividades aledañas, sino más bien que se ponen requisitos a todas las actividades que vayan a generar un impacto en su entorno”.

En suma, “no quiere decir que se prohíba todo lo que pueda hacerse en el entorno, sino más bien que le pone restricciones”.

La abogada experta en derecho ambiental y derecho público detalla que una de las limitaciones está contenida en la ley 19.300, que señala que “cualquier actividad o proyecto que se haga en un entorno donde exista un área protegida, se va a tener que evaluar por un estudio de impacto ambiental, que tiene que predecir qué puede generar en el entorno y evitarlo”.

En ese contexto, afirma que el avance de la minera “va a depender de una evaluación ambiental, donde los organismos técnicos evalúen todos los impactos y determinen si es viable o no, de acuerdo a un futuro donde sea declarada zona marítima, porque las demás áreas protegidas están dentro de la zona de influencia como sería con la declaración de esta otra zona”.

Lee también: Pandora Papers: SII analizará nuevos antecedentes divulgados para asegurar cumplimiento de la Ley Tributaria

Agencia Uno

Síguenos en Google News

  • Enlace copiado
Lo más visto