Carabinero que disparó contra actriz María Paz Grandjean cumplirá condena en libertad - Chilevisión
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18/04/2024 11:46

Carabinero que disparó contra actriz María Paz Grandjean cumplirá condena en libertad

En un fallo unánime, el tribunal acreditó los hechos y sentenció al capitán de Carabineros Tomás Rodríguez Soriano a tres años de presidio remitido por apremios ilegítimos.

Publicado por Cristobal Galleguillos

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictaminó que el capitán de Carabineros Tomás Rodríguez, condenado por disparar contra la actriz María Paz Grandjean, deberá cumplir sentencia en libertad.

En un fallo unánime, el tribunal condenó al uniformado a tres años de presidio por el delito de apremios ilegítimos, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, más la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.

De acuerdo al dictamen, Rodríguez deberá cumplir con un tiempo mínimo de observación de un año, periodo en el cual, además, deberá fijar domicilio y estará sujeto al control administrativo y a la asistencia de Gendarmería de Chile.

Antecedentes del ataque a María Paz Grandjean

Según consignó el acta de deliberación, el ataque se registró cerca de las 20:00 horas del 18 de octubre de 2019, en medio de una manifestación en la intersección de la Alameda con calle Ramón Corvalán, comuna de Santiago.

Fue en ese contexto que un manifestante se acercó corriendo para lanzar un objeto a funcionarios policiales. La agresión fue respondida por Rodríguez Soriano, quien disparó con la escopeta antidisturbios que portaba y luego percutó un segundo tiro cuando el individuo se alejaba.

Sin embargo, este último disparo impactó en el rostro de Grandjean, quien en ese momento se dirigía a su casa después de trabajar para una obra de teatro.

Producto de lo anterior, la actriz resultó con graves lesiones en el rostro, consistentes en trauma maxilofacial, hematoma malar y mandibular derecho, sumado a una contusión maseterina y herida en la región mandibular derecha de carácter menos grave.

Respecto a la condena, el tribunal explicó que "es innecesaria una intervención o la ejecución efectiva de la pena" debido a los antecedentes del imputado. "Permiten presumir que no volverá a delinquir", señaló la resolución.