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Consejo para la Transparencia pidió los nombres de autoridades del Ejército que ordenaron polémico comunicado

En línea con lo expuesto por la Contraloría, en donde se reiteró el carácter no deliberante de las FF.AA., el CPLT ordenó los nombres de las autoridades que instaron la declaración en donde se tilda de "cobardes desadaptados", "antichilenos" y "antisociales" a quienes intentaron quemar la estatua de Baquedano.

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En marzo del presente año, manifestantes intentaron quemar el monumento al General Baquedano, ubicado en Plaza Italia. Al respecto, el Ejército de Chile envió un polémico comunicado en donde tildaron de “cobardes desadaptados”, “antichilenos” y “antisociales” a los autores del hecho.

Ante esto, el Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió parcialmente el amparo deducido en contra del Ejército para ordenar la entrega de los nombres de las autoridades que ordenaron y autorizaron el comunicado oficial emitido por dicho organismo el pasado 6 de marzo de 2021.

Del mismo modo, se rechazó la entrega de los nombres de los funcionarios que redactaron el comunicado.

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Por otro lado, en el documento al cual tuvo acceso CHV Noticias, se recalcó que el pasado “21 de julio de 2021, la Contraloría General de la República se pronunció sobre la emisión del comunicado consultado y otras declaraciones, contexto en el cual requirió informe sobre el particular al Ejército de Chile”.

En dicha ocasión, el ente fiscalizador recalcó que “las Fuerzas Armadas deben abstenerse de realizar declaraciones que afecten su carácter de no deliberantes, debiendo ajustarse a la directiva comunicacional del Ministerio de Defensa Nacional”.

“Como cuerpos armados son esencialmente obedientes y no deliberantes, además de profesionales, jerarquizadas y disciplinadas”, menciona Contraloría.

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Asimismo, citan que la Real Academia de la Lengua Española define “deliberar” como el “considerar atenta y detenidamente el pro y el contra de los motivos de una decisión, antes de adoptarla, y la razón o sinrazón de los votos antes de emitirlos”

Por lo mismo, “su carácter no deliberante implica que, como instituciones subordinadas al poder civil, les queda prohibido cuestionar o debatir sobre las órdenes, decisiones o instrucciones impartidas por la autoridad civil a la cual están subordinadas, debiendo abstenerse de manifestar injerencia o favoritismo sobre posiciones políticas o contingentes que puedan esgrimirse por determinados sectores en la deliberación pública”.

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