Corte de Apelaciones deja sin medidas cautelares a marinos imputados por la muerte de Yordan Llempi en Cañete

El tribunal de alzada reafirmó la decisión del Juzgado de Garantía de Cañete, que precisó que el teniente Luis Videla y el cabo Ricardo Seguel no ameritan prisión preventiva ya que los antecedentes no darían cuenta de la comisión del delito de homicidio.

Corte de Apelaciones deja sin medidas cautelares a marinos imputados por la muerte de Yordan Llempi en Cañete Imagen referencial

Durante la tarde de este jueves 30 de junio, la Corte de Apelaciones de Concepción dejó sin medidas cautelares a los dos infantes de marina imputados por la muerte del comunero mapuche en Cañete, Yordan LLempi Machacán.

Lo anterior significa que el teniente Luis Videla y el cabo Ricardo Seguel esperarán el desarrollo de la investigación sin ninguna restricción por parte de la justicia.

En ese contexto fue que, por mayoría, los ministros de la Sexta Sala del tribunal penquista decidieron rechazar la apelación de Fiscalía y mantener lo decretado por el Juzgado de Garantía de Cañete, institución que precisó que no amerita prisión preventiva ya que los antecedentes no darían cuenta de la comisión del delito de homicidio.

Por su parte, la información fue explicada por el ministro de la Corte de Apelaciones, Rafael Andrade.

“El hecho ocurrió en noviembre de 2021, en donde lamentablemente falleció Yordan Llempi, luego de un procedimiento en que participaba Carabineros y personal de la Armada“, comenzó señalando la autoridad judicial.

“Esta en etapa de investigación, se han reunido antecedentes, por lo cual el Ministerio Público ha formalizado a dos personas: Una como autor directo del disparo que habría ocasionado la muerte de la víctima (Ricardo Seguel) y a otro, el teniente de la Armada (Luis Videla) quien habría actuado como autor indirecto según la posición del Ministerio Público”, continuó Andrade.

En ese sentido, el ministro de la Corte explicó que se debía resolver una materia “restringida en cuanto a su competencia”, porque los querellantes y el Ministerio Público “solo habían pedido como medida cautelar la prisión preventiva

“La resolución del Juzgado de Cañete había resuelto que estaba acreditado el hecho punible y la participación del autor directo, y no así la participación, en términos de autor indirecto del teniente Videla. En este orden de ideas la sala decidió confirmar los antecedentes y decir que ambos quedan sin medidas cautelares. Se resolvió de esta manera mantener sin prisión preventiva a ambos acusados“, sentenció.

Las pruebas presentadas

Es relevante mencionar que el pasado miércoles 1 de junio se presentaron pruebas correspondientes a los registros de las cámaras de los uniformados del día que fue abatido el joven comunero de 23 años.

Dispárale…”, se escucha en los audios presentados en la audiencia de formalización. Asimismo, según la información entregada por el fiscal Nelson Vigueras, la patrulla que estaba a cargo del teniente Videla, efectuó en el momento del avance 133 tiros de munición 5.56 milímetros con sus fusiles de guerra.

Síguenos en Google News

  • Enlace copiado
Lo más visto