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Corte Suprema otorgó tuición de hijos a padre homosexual

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) catalogó de "histórico" el fallo.

Corte Suprema otorgó tuición de hijos a padre homosexual

La Corte Suprema otorgó por primera vez el cuidado personal de unos mellizos a su padre homosexual, pese al categórico rechazo de la madre, un hecho que fue celebrado por las organizaciones que defienden los derechos de la diversidad sexual.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) catalogó de «histórico» el fallo del máximo tribunal, que concedió la tuición de dos niños de tres años a su progenitor, después de permanecer «secuestrados» por su madre durante cinco meses en Uruguay.

«Estamos en presencia de un hito, pues si bien fallos similares se habían dado en el caso de madres lesbianas, este el primero de un padre gay. La misma sentencia hace explícita referencia a su pareja del mismo sexo y al hecho de que convive con él«, destacó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

De acuerdo al fallo, después del nacimiento de los niños en enero de 2014, la madre puso trabas al acercamiento del padre con sus hijos, tras enterarse que este había iniciado una relación sentimental con otro hombre.

Según estableció el Tribunal de Familia en esa época, el padre debía recoger a los niños y llevarlos a su hogar los viernes y sábado, lo que le generó el primer conflicto con la madre y expareja.

«La homofobia de la madre era tan extrema que durante los primeros cinco meses del 2015 secuestró a los niños, reteniéndolos en Uruguay e impidiéndoles todo contacto con el padre«, explicó el Movilh en un comunicado.

Ese hecho motivó que el 22 de junio de 2016 el Tercer Juzgado de Familia otorgara el cuidado personal de los hijos al padre, dado que él contaba «con mejores habilidades parentales, características sicológicas, económicas y sociales» para brindarle a los pequeños «una mayor estabilidad y protección en comparación con la madre», dictó la resolución.

Sin embargo, esa decisión fue revocada en noviembre de ese año por la Corte de Apelaciones de Santiago, que estableció que se trataba de un «conflicto familiar», en el que la mujer presentaba «confusión y ansiedad que le dificultan tener respuestas acertadas y empáticas en algunas ocasiones», pero que no le impedían llevar a cabo labores de crianza.

Ante esa respuesta, el padre presentó un recurso ante la Corte Suprema que fue acogido por tres votos a favor y dos en contra, en el que se afirmaba que era el hombre y no la mujer quien mejor garantizaba en aquella familia el interés superior del niño.

El Movilh celebró que la determinación de los jueces haya pasado por el bienestar de los hijos y no por la orientación sexual de los padres, lo que demuestra «que para la crianza lo más importante es la capacidad de entregar amor, afecto y protección».

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