Katherine Martorell sobre trabajo durante cuarentena: "No se puede despedir a una persona justificándose en esta medida" - Chilevisión
26/03/2020 22:26

Katherine Martorell sobre trabajo durante cuarentena: "No se puede despedir a una persona justificándose en esta medida"

La subsecretaria de Prevención del Delito clarificó las dudas que ha generado la aplicación de esta medida en siete comunas de la RM, sobre todo las relacionadas con la asistencia al empleo y la remuneración de los trabajadores.

Publicado por carlosfpipa

Tras el anuncio de cuarentena para siete comunas de la Región Metropolitana y la habilitación de permisos para poder realizar actividades dentro de ellas, surgieron críticas sobre la posibilidad de acceso a la Clave Única, requerida para solicitarlos.

Y si bien el Registro Civil informó que desde la próxima semana esta podrá ser obtenida de forma remota, durante esta jornada se informó que ya no será necesaria para solicitar los permisos. La subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, explicó que avanzada la mañana se encontró "una alternativa tecnológica" que hizo posible no necesitar la clave.

En relación a dichos permisos, la subsecretaria señaló que es posible pedirlos por un plazo de varios días para realizar alguna actividad, como pasear a una mascota, siguiendo horarios específicos.

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Por otro lado, Martorell fue enfática en indicar que no existirán marchas blancas para la aplicación de esta cuarentena, por lo que "las personas que incumplen se exponen incluso a penas privativas de libertad".

Dictamen de la Dirección del Trabajo

Otro punto que ha generado incertidumbre respecto a la cuarentena ha sido cómo se mantendrá la relación laboral durante este periodo, sobre todo en casos donde un trabajador de una comuna sin cuarentena deba trasladarse a otra que sí la tenga.

La Dirección del Trabajo emitió un dictamen al respecto y señaló que sí pueden dejar de percibirse las remuneraciones si no se realiza el trabajo, pero que la cuarentena no puede ser una causal de despido bajo "caso fortuito o fuerza mayor".

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Por su parte, Martorell indicó que el vínculo laboral se mantiene suspendido durante este tiempo, pero que "no se puede despedir a una persona justificándose en esta medida de fuerza mayor que ha adoptado la autoridad".

Con respecto al sueldo, la subsecretaria señaló que efectivamente si un trabajador o trabajadora no ha acudido a desempeñar sus funciones el empleador está facultado para no pagar su salario.

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