En sencillo: Respondemos 10 preguntas frecuentes sobre el retiro de fondos de las AFP - Chilevisión
24/07/2020 19:07

En sencillo: Respondemos 10 preguntas frecuentes sobre el retiro de fondos de las AFP

¿Cómo se paga y hasta cuánto dinero puedo solicitar? Esas son dos de las interrogantes que envuelven a la reforma constitucional que fue promulgada este viernes por el presidente Sebastián Piñera. Acá las contestamos.

Publicado por Bruno Delgado

Es el proyecto que ha marcado la agenda desde hace días. Se trata de la reforma constitucional para poder realizar el retiro parcial de los fondos previsionales.

Si embargo, existen muchas dudas de los afiliados de las Aseguradoras de Fondos de Pensiones (AFP), iniciativa que este viernes fue promulgada por el presidente Sebastián Piñera. Esto no quiere decir que la ley quede automáticamente vigente y las personas puedan realizar el retiro, ya que para eso primero va a Contraloría y posteriormente debe ser publicada en el Diario Oficial.

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Justamente, esa es una de las principales interrogantes que rodean la iniciativa aprobada por amplia mayoría en la Cámara y en el Senado, la que permitirá el retiro del 10% de los ahorros en las AFP.

Acá dejamos 10 preguntas frecuentes y sus respuestas.

1. ¿Cuánto puedo retirar?

Si bien se habla del proyecto del 10%, para gran parte de los afiliados este porcentaje a retirar será superior. El mínimo es de 35 UF ($1.000.000) y el máximo es de 150 UF ($4.300.000). Es decir, si tienes $2.000.000 en la AFP, puedes solicitar hasta el 50%.

En los casos de quienes tienen menos de $1.000.000, por ejemplo $200.000 en la AFP, se puede retirar el total. Por otra parte, quienes posean, por ejemplo, $50.000.000, cuyo 10% corresponde a $5.000.000, solo podrán retirar el máximo de $4.300.000.

2. ¿Cómo se paga?

Una vez se solicite el retiro por el monto elegido, se debe entregar en dos cuotas de hasta 75 UF cada una. La primera debe ser pagada por la AFP hasta 10 días después de realizada la solicitud. En tanto que la segunda debe ser pagada 30 días hábiles tras el primer depósito.

3. ¿Qué significa que sea universal?

Inicialmente se barajó que solo pudiesen optar al retiro de fondos las personas con problemas económicos o de cierto nivel de ingresos, lo que fue desestimado, por lo que todos los afiliados en las AFP pueden optar a esta alternativa.

4. ¿Está afectado de impuestos, comisión o descuento?

El dinero que se saque no va a pagar ningún tipo de impuestos, aunque quien lo realice tenga altos ingresos. Es decir, si se solicita $1.000.000, o el monto que sea, debe ser recibido íntegramente a la cuenta elegida.

5. ¿Hasta cuándo puedo hacer el retiro?

La solicitud del retiro a las AFP es de hasta un año una vez hecha oficial. Es decir, si no la necesitas ahora, pero sí en seis meses más, se podrá realizar la opción.

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6. ¿Cómo se hace la transferencia?

Las AFP pueden traspasar el dinero a la Cuenta 2 de tu misma AFP o hacer transferencia a cuentas bancarias en caso de que así sea solicitado, incluyendo una CuentaRUT.

7. ¿El dinero puede ser retenido?

No es dinero que pueda ser considerado para retención, compensaciones o afectaciones judiciales. Es decir, si una persona tiene una deuda o tiene que pagar el CAE o otro crédito, no se le puede embragar el dinero retirado de la AFP.

8. ¿Corre para la renta vitalicia de la compañía de seguros?

En el caso de los jubilados que deseen hacer el retiro, solo pueden acceder a éste si sus dineros están en una AFP. Es decir, quienes reciban una renta vitalicia de una compañía de seguros no puede optar a esta solicitud, ya que el dinero no se encuentra en una Aseguradora de Fondos de Pensiones.

9. ¿Qué pasó con el fondo de compensación solidario?

No quedó en la reforma y no habrá reposición del dinero sacado del fondo de ahorros. En concreto, si se retira un porcentaje, no habrá restitución. Ante esto, hay un acuerdo político para poder acelerar la discusión de la reforma al sistema de pensiones, pero no habrá una reposición peso a peso.

10. ¿El trámite se podrá hacer online?

Sí, las AFP tendrán que habilitar el trámite en línea.

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