“Falta de ética, mala práctica y fuente de corrupción”: Vínculos parentescos entre directivos y funcionarios en la Clínica las Condes - Chilevisión
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09/07/2021 20:14

“Falta de ética, mala práctica y fuente de corrupción”: Vínculos parentescos entre directivos y funcionarios en la Clínica las Condes

Diferentes abogados coinciden que Chile no posee una regulación para el nepotismo en sociedades anónimas. “Al parecer los controladores convirtieron a la CLC en una empresa oligárquica familiar en vez de lo que es”, señalan.

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El pasado miércoles 7 de julio, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana abrió un sumario en contra de la Clínica Las Condes por aplicar una tercera dosis de vacuna contra el COVID-19 a Alejandro Gil, presidente del directorio de CLC designado el pasado 28 de abril de 2020.

Gil, el ex marino mercante, es pareja de la controladora María Cecilia Karlezi, una de las mujeres con más patrimonio en Chile. Se estima que la hija de la fallecida María Luisa Solari posee activos que superan los US$ 2.000 millones.

En ese contexto, aparece también Carmen Gloria Karlezi, enfermera en Gestión del Cuidado e Investigación en la misma clínica quien reemplazaría a la ex jefa de Servicios Ambulatorios, Leticia Ortiz, que renunció luego de la polémica de la tercera inoculación del presidente del directorio.

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Los García Bacchiega

Por otra parte, el gerente general de la empresa, Jerónimo García Bacchiega, también tiene vínculos dentro de la institución de salud ya que su hermano, Sebastián García, es el jefe de Urgencia en CLC.

Jerónimo es ex alumno del Colegio San Ignacio del Bosque y luego se tituló como ingeniero industrial de la Universidad Católica de Chile, con un MBA de la Universidad de Cambridge. Actualmente, además de ser académico de la PUC, es Gerente General de la Clínica Las Condes desde desde agosto del año pasado, momento que la sociedad cambió de dueño y quedó en manos de la compañía Lucec Tres, sociedad que controla Cecilia Karlezi con el 50.01% de las acciones de la propiedad.

Por su parte, Sebastián es médico cirujano de la Universidad Católica con especialidad en Ortopedia y Traumatología. Desde el 2020, es miembro de la Sociedad Chilena de Ortopedia y Traumatología y su trabajo tiene énfasis en lesiones deportivas y traumáticas e incluso fue parte del equipo médico del club deportivo UC.

Asimismo, Ignacio Tapia, gerente de Administración y Finanzas, tiene una esposa llamada María José Fabri Genskowsky, quien es la gerenta de Estrategias Corporativas y Desarrollo. Además, la hermana de ella es Daniella Fabri Genskowsky, que tiene el cargo de subgerenta de Imagenología.

Vacío legal

Dado los antecedentes, CHVNoticias.cl se contactó con diversos abogados para conocer los detalles de la legislación chilena con relación a la legalidad de parentescos en empresas privadas, teniendo como contexto la denuncia de CLC al declarar que el Estado no ha pagado ninguna suma de dinero por la atención de pacientes Fonasa que tenían COVID-19 durante la pandemia y la reciente polémica de la tercera dosis recibida por Gil.

Mauricio Daza, abogado magister en Derecho Procesal y Penal de la Universidad Diego Portales, indicó que “en el ámbito privado no existe una norma legal que impida que sociedades comerciales puedan tener dentro de sus cargos directivos a parientes. Sin embargo, es una práctica habitual, especialmente en sociedades anónimas, que cuenten con estatutos y códigos de ética que impiden que existan relaciones de parentesco o incluso íntimas entre quienes están en cargos de gestión superior de la empresa”.

Esto se considera como una mala práctica de gestión empresarial y fuente de riesgos para actos de corrupción. Lamentablemente la mayoría de las compañías chilenas no cuentan con esa normativa interna o no tienen mecanismos eficaces para hacerlas efectivas”, explicó Daza.

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Rodrigo Logan, abogado de la Universidad de Chile y miembro de la Convención Constituyente señaló:

“En el ámbito privado no hay límites legales para la contratación de familiares, a menos de que la empresa tenga reglas de cumplimiento normativo. Ahora bien, en lo público, ese conflicto de interés no declarado puede ser considerado contra la ley 20.880 sobre probidad administrativa, regulada además en el actual Artículo 8 de la actual Constitución. Sin perjuicio de lo anterior, en el ámbito privado y en compañías que tengan accionistas, estos conflictos deben ser transparentados, sobre todo a los accionistas minoritarios, ya que pueden llevar a situaciones de baja de producción o problemas de agencia”.

Mauricio Muñoz, abogado de la Universidad de Chile y especialista en derecho administrativo y políticas públicas, tuvo palabras en primera instancia para explicar que “el artículo 54 de la ley de Base de Administración dice que no puede contratarse a nadie que tenga vínculos de parentescos con directivos en un organismo público ya que está prohibido por ley”.

Sin embargo, “en el sector privado en Chile no hay prohibición expresa, pero es una muy mala política contratar parientes en empresas que no son familiares. No nos olvidemos que la Clínica Las Condes es una sociedad anónima y los dueños son accionistas. Entonces cuando hay accionistas hay que ser más exigentes respecto al gobierno corporativo, es decir, a quienes integran los cargos de dirección de gerencia de una empresa”.

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Dicho lo anterior, enfatizó que hay criterios y estándares de gobiernos corporativos que propone la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de la que Chile es miembro, que mira con muy malos ojos las relaciones de parentesco porque se generan conflictos de intereses”.

“Por ejemplo: yo que soy el gerente general puedo controlar a quien tiene una gerencia de imagenología si es pariente mío. Probablemente yo deje que haga y deshaga y no lo voy a controlar. Como buena práctica, la OCDE establece que no debe haber vínculos de parentescos entre los directivos porque lo que hace es perjudicar a los accionistas que son los dueños. Los accionistas lo que quieren es que su empresa funcione de la mejor manera posible para que ganen plata, a diferencia del Estado, que busca que haya probidad y buen uso de los recursos públicos”, advirtió el abogado.

Finalmente reflexionó: “La empresa privada quiere ganar plata, pero cuando hay conflicto de interés entre los directivos y ejecutivos solo quieren protegerse entre ellos. Es una muy mala práctica, es antiético, no va en la línea de favorecer el interés general de los accionistas, sino que a una pequeña oligarquía de ejecutivos. Sin embargo, esto es más ético que legal. Al parecer los controladores convirtieron la clínica en una empresa familiar en vez de lo que es: una sociedad anónima”.

Javier Causo, académico de la Universidad Diego Portales, especialista en derecho público concluyó que “en nuestro derecho corporativo, lamentablemente la regulación del nepotismo en sociedades anónimas no está tan desarrollada como en países europeos y anglosajones. En otras palabras, Chile es muy débil en la regulación de conflictos de interés”.