Piñera fue sobreseído tras querella por omisión de denuncia ante supuesta corrupción en el Ejército - Chilevisión
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16/04/2022 14:06

Piñera fue sobreseído tras querella por omisión de denuncia ante supuesta corrupción en el Ejército

El libelo fue interpuesto en mayo del 2021 por el ex capitán de la institución, Rafael Harvey, quien también apuntaba a delitos de falsificación de instrumento público por firmar su retiro, en mayo del 2020.

Publicado por cgalleguillos

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el sobreseimiento total y definitivo del ex presidente Sebastián Piñera en una querella por omisión de denuncia sobre supuesta corrupción en el Ejército.

El libelo fue interpuesto en mayo del 2021 por el ex capitán de la institución, Rafael Harvey, quien también se apuntaba a delitos de falsificación de instrumento público por firmar su retiro, en mayo del 2020, según consignó El Mercurio.

La querella, además, estaba dirigida a los ex ministros de Defensa, Alberto Espina, Mario Desbordes y Baldo Prokurica; y el otrora subsecretario de las Fuerzas Armadas, Alfonso Varas, como cómplices y encubridores.

De esta manera, la 9° Sala del tribunal de alzada resolvió, de forma unánime, revocar la resolución del juez Daniel Urrutia y sobreseyó al ex mandatario, lo que fue solicitado por el Ministerio Público.

"En consecuencia, atendido que los hechos denunciados y que han sido materia de la presente indagatoria no tienen carácter de delito, la resolución apelada debe ser enmendada", dictaron los jueces, quienes también cuestionaron la decisión del magistrado del 7° Juzgado de Garantía.

"Que el análisis de la resolución impugnada por las defensas permite concluir que el tribunal de primer grado eludió analizar los diversos puntos puestos en su conocimiento mediante referencias vagas y carentes de sistema a cuerpos normativos en materia de corrupción, asilándose únicamente en continuas alusiones al estándar de convicción que lo solicitado impone y a la protección que el ordenamiento jurídico debe a los denunciantes de conductas presuntamente infractoras de los deberes de probidad", argumentaron.

En ese sentido, resolvieron que esto es "impertinente para los fines del presente proceso, afirmaciones que no permiten tener por satisfecho el deber de fundamentación de los decididos y que, además, priva de sustento a la decisión apelada".