Últimos días del Préstamo Solidario de septiembre: ¿Cómo realizar la solicitud paso a paso? - Chilevisión
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29/09/2021 17:22

Últimos días del Préstamo Solidario de septiembre: ¿Cómo realizar la solicitud paso a paso?

Hasta el último día de cada mes está vigente la opción para pedir este dinero a través del sitio web del SII. El beneficio contempla un máximo de hasta $650 mil, y para concretar el proceso es necesario contar con la Clave Única o Clave Tributaria. A continuación, los detalles.

Publicado por catamarchant

Este jueves 30 de septiembre termina el plazo para solicitar el Préstamo Solidario correspondiente al mes vigente. Sin embargo, el beneficio también estará disponible desde el 8 de octubre hasta el último día de dicho mes, a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Al ingresar a la plataforma www.sii.cl, y una vez concretado el proceso requerido, el sistema indicará si es que cumples con los requisitos para acceder al préstamo y el monto correspondiente, con un máximo de hasta $650 mil. Pero para ello, es necesario contar con la Clave Única o Clave Tributaria.

Por otro lado, el pago del dinero se realiza en un plazo de 10 días hábiles -desde la fecha de solicitud- y la entrega del préstamo se puede concretar mediante una transferencia bancaria en tu cuenta personal o pago por caja en BancoEstado.

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¿Cómo acceder al beneficio?

Para concretar el proceso de solicitud del Préstamo Solidario, en primer lugar es necesario ingresar al sitio web www.sii.cl y luego hacer click en el banner Beneficios COVID-19.

https://homer.sii.cl/

Una vez realizado lo anterior, aparecerán tres opciones desplegadas. En este caso, se debe presionar el botón Ingresa Aquí del banner Préstamo Solidario del Estado 2021, ubicado justo al medio de las otras opciones.

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https://homer.sii.cl/beneficios_covid19.html

Después, la página te redirigirá a la plataforma oficial de este beneficio, donde además de desplegar información asociada al préstamo, podrás concretar el proceso en el botón verde que dice Solicitar y Consultar Estado del Préstamo Solidario.

https://homer.sii.cl/prestamo_052021_info.html

Finalmente, el último paso para concluir esta solicitud corresponde al ingreso para completar el formulario necesario. Tal como se mencionó anteriormente, se puede acceder con la Clave Tributaria o la Clave Única.

https://bcm2.sii.cl/login

Según lo especificado en el sitio web, para completar este último paso no se pedirá adjuntar documentos, ya que sólo tienes que indicar tus datos de contacto e información para el pago.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

De acuerdo con lo indicado, se contemplan al menos tres requisitos para postular al préstamo. Estos son:

  • Un Ingreso Promedio Mensual 2019 debe ser mayor o igual a $298.833 (al 31 de diciembre de 2019), sin tope máximo.
  • Disminución de al menos un 10 % de tus Ingresos Promedio Segundo Semestre de 2020 e igual periodo de 2019.
  • A la fecha de publicación de la ley, no tener montos pendientes de restituir por haber obtenido indebidamente el Bono y/o Préstamo Solidario 2020.

Por otro lado, las personas que pueden postular al Préstamo Solidario para la Clase Media son:

  • Trabajadores dependientes e independientes y empresarios individuales.
  • Pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia. Ellos deben recibir un monto igual o inferior a los $408.125.
  • Funcionarios públicos. En este caso, la disminución de los ingresos formales se considerará calculando el monto promedio anual.

Cabe destacar que el Préstamo Solidario se puede pedir hasta tres veces. Excepto aquellas personas que han recibido el Bono para la Clase Media, cuya postulación solo se puede hacer en dos ocasiones.

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¿Cómo se devuelve?

Finalmente, hay que contemplar que la devolución del dinero del préstamo se realiza de la siguiente manera:

  • En 4 cuotas anuales a través de la declaración de impuesto a la renta. Las cuotas se reajustarán según el IPC y el primer pago se realizará en el año 2023.
  • La primera cuota de pago corresponderá a un 10% del monto del Préstamo Solidario recibido, y las 3 cuotas restantes corresponderán a un 30% del mismo.
  • Cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.