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Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿A quiénes les corresponde este aporte monetario?

Alrededor de dos millones de pensionadas y pensionados recibirán este dinero de forma automática, con montos que van desde los $20 mil, sumándose $10.581 por cada carga familiar acreditada. A continuación, los detalles de este beneficio.

Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿A quiénes les corresponde este aporte monetario? Agencia Uno

En septiembre, como cada año, tanto los funcionarios públicos como pensionados, recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias. Dinero que no está afecto a descuentos y tampoco será considerado como dinero tributable o imponible.

De esa manera, más de dos millones de pensionadas y pensionados podrán recibir este monto que parte desde los $20 mil, aproximadamente, y que se paga de forma automática junto a la pensión del mes.

¿Quiénes reciben el aguinaldo y cuáles son sus montos?

De acuerdo con lo informado por el Instituto de Previsión Social (IPS), quienes tienen derecho a este aguinaldo son:

  • Pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las mutualidades de empleadores de la Ley de Accidentes del Trabajo, que tengan calidad de beneficiarios al 31 de agosto del año 2018.
  • También tienen derecho los pensionados del Sistema de AFP, siempre que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o el beneficio del Aporte Previsional Solidario.

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A ellos se suman los empleados públicos que, según la Ley 21.196, este año recibirán un aguinaldo de $76.528, en caso de que sus rentas sean igual o inferior a $794.149; o de $53.124, si sus salarios son mayores a esa cantidad indicada.

Por otro lado, el monto asignado a los pensionados será de $20.624, al que se le pueden sumar $10.581 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2021.

Hay que considerar que el aumento del aguinaldo se otorgará a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar. Esto ocurre en los casos en que asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado o hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4, que es cuando los ingresos mensuales superan los $779.882.

Finalmente, cabe destacar que en el caso de los trabajadores del sector privado, corresponde a los empleadores el pago del aguinaldo. Sin embargo, esta asignación no es obligatoria a menos de que esté contemplado en el contrato de trabajo o convenio colectivo.

¿Cuándo se paga?

En el caso de los pensionados y beneficiarios, el IPS informó que se han tomado las medidas para que este dinero sea incluido en la liquidación de septiembre, antes de Fiestas Patrias.

Sin embargo, precisan que en caso de otras instituciones diferentes al IPS, cada una tiene definidos sus canales y fechas de pago.

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¿Cómo y dónde cobrarlo?

Por otro lado, desde el IPS explicaron que el aguinaldo está incluido dentro de la pensión mensual, sin necesidad de realizar algún trámite adicional para recibir el dinero.

Asimismo, su cobro se puede realizar de forma presencial junto a la pensión, si es que este es su método habitual, ya sea en Caja de Compensación Los Héroes o el BancoEstado.

Pero también se puede pagar vía CuentaRUT o mediante depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, dependiendo de si alguna de estas transacciones están establecidas como modalidades de pago de la pensión.

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