Bono Invierno 2024: Revisa cuándo se paga y los requisitos para recibir los $77 mil - Chilevisión
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12/03/2024 17:21

Bono Invierno 2024: Revisa cuándo se paga y los requisitos para recibir los $77 mil

Esta ayuda económica está diseñada para brindar apoyo a los jubilados durante los meses más fríos. ¿Cuándo recibiré el dinero y como acceder? Acá te contamos.

Publicado por Teresa Navarro
El Bono Invierno 2024 es un beneficio estatal diseñado para apoyar económicamente a las familias durante los meses más fríos del año. Para acceder al pago, no es necesario realizar ningún tipo de postulación, ya que se deposita automáticamente junto con la jubilación.

¿De cuánto es el monto del Bono de Invierno?

De acuerdo a la Ley 21.647, esta ayuda considera un monto anual de $77.982.  Asimismo, se establece que este dinero “no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno”.

¿Cuándo se paga el Bono de Invierno?

Si bien aún no existe una fecha exacta para el pago de este beneficio, suele depositarse durante mayo junto con la jubilación de ese mes.

Requisitos para acceder al Bono Invierno

  • Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
    • Instituto de Previsión Social.
    • Instituto de Seguridad Laboral.
    • Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
    • Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
 

VER MÁS DE TE AYUDA

 
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.