La próxima semana tendremos un nuevo feriado irrenunciable, aunque hay sus excepciones. Revisa cuáles establecimientos estarán abiertos ese día.
El próximo miércoles 1 de mayo se celebra el Día del Internacional del Trabajador y la Trabajadora, por lo que será un feriado irrenunciable para quienes se encuentren bajo el régimen laboral de jornada completa.
De acuerdo a los registros de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile el 1 de Mayo de 1931, durante el gobierno de Carlos Ibáñez del Campo (1927-1931) se firmó el decreto de feriado legal. A partir de esta fecha, los trabajadores comenzaron a tener un día de descanso irrenunciable, salvo excepciones.
La normativa laboral chilena destaca que los trabajadores que sí pueden presentarse a laborar durante el feriado irrenunciable, son los que prestan funciones en los rubros de salud, seguridad, alimentación, transporte y demás servicios indispensables para la comunidad.
Y es que al tratarse de un feriado irrenunciable y de carácter obligatorio en nuestro país, surgen algunas dudas respecto al funcionamiento del comercio.
De acuerdo a la ley 19.973, sólo podrán trabajar quienes se desempeñen en los siguientes establecimientos:
A diferencia de los días feriados “normales”, en que el comercio funciona como cualquier día, en los irrenunciables se considera como descanso para la mayoría de los trabajadores. Si desconoces si debes trabajarlos, o no, puedes revisar aquí.
Asimismo, en esta ocasión se suman cinco días debido a las próximas elecciones, según lo establecido en la Ley 18.700.