Fiestas Patrias: ¿Cómo funciona el comercio en estos cuatro días de feriado? - Chilevisión
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16/09/2022 12:46

Fiestas Patrias: ¿Cómo funciona el comercio en estos cuatro días de feriado?

Los locales comerciales sufrirán modificaciones debido a los feriados (legales e irrenunciables) que hay los próximos cuatro días. Revisa aquí todos los detalles de atención al público para que puedas planificar tus celebraciones.

Publicado por Sofía Concha

Este viernes se da inicio al fin de semana largo de las Fiestas Patrias y con ello se debe diferenciar que existen feriados legales e irrenunciables, por lo que el comercio funcionará de manera extraordinaria durante los cuatros días. 

Cabe destacar que hay diferencias entre el viernes 16 y sábado 17, ya que ambos días fueron declarados como feriados legales, por lo que podrá abrir el comercio con ciertas modificaciones en sus horarios. 

En tanto, los días 18 y 19 de septiembre son irrenunciables, por lo que los supermercados, malls, strip center, entre otros, no podrán atender al público. 

¿Cuáles son las excepciones?

Según lo indicado en el sitio web de ChileAtiende, los locales comerciales que pueden abrir sus puertas a la población, son los siguientes: 

  1. Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados), fuentes de soda y pastelerías, en este último caso, siempre y cuando los clientes y clientas consuman los alimentos en el local.
  2. Hoteles, restaurantes y clubes, es decir, establecimientos que entreguen el servicio de alojamiento y/o comidas sólidas o líquidas para su consumo inmediato, por ejemplo: residenciales, pensiones, hospederías, albergues, moteles, bares, fuentes de soda, casinos, discoteques, churrasquerías, quintas de recreo, locales de comida rápida (incluidos los que están ubicados en los patios de comida), clubes sociales y de recreación, clubes de colonias extranjeras residentes en Chile, etc.
  3. Bencineras y tiendas de conveniencia adheridas al recinto, solo si en el establecimiento se preparan alimentos para consumo directo en el local.
  4. Farmacias de urgencia y que deben cumplir turnos fijados por la Autoridad Sanitaria o Seremi de Salud.

De no cumplir con lo establecido, los dueños de los servicios que no están incluidos en esta lista excepcional, arriesgan multas que van desde las 5 UTM por cada trabajador que sea afectado hasta las 20 UTM en el caso de que sean más de 200 trabajadores los que hayan sido obligados a trabajar en un feriado irrenunciable.