Paso a paso: Guía para cobrar el 10% de la AFP del padre que debe la pensión de alimentos

El dinero del deudor puede terminar en la cuenta bancaria establecida en cada caso si es que la persona responsable del menor realiza el trámite pertinente. Se recomienda hacerlo a la brevedad, porque los trámites del tribunal requieren un cierto plazo de días.

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Luego de la aprobación de retiro del 10% de los fondos previsionales y la promulgación de la ley por parte del presidente Piñera, uno de los puntos que llamó la atención fue que no se puede descontar de manera automática el 10% a aquellos que tengan algún tipo de deuda, excepto que el cotizante tenga deudas por pensión de alimentos.

Considerando que el retiro de los fondos irá desde las 35 UF ($1.003.765 aprox.) hasta las 150 UF ($4.300.000 aprox.) es que parte, o incluso la totalidad de este dinero, puede ir directo a la cuenta bancaria establecida por un tribunal para que se deposite el dinero de la pensión.

La abogada Marianela Villarroel, quien se desempeña como consejera de la Fundación Probono, indica que este trámite será muy similar a la devolución de impuestos anual de la «Operación Renta», es decir, «uno debe realizar los mismos trámites que se hace para retener ese dinero de la devolución de impuestos, es decir, la persona debe pedirle al Tribunal que ordene u oficie a la AFP que retenga los fondos del deudor y no los deposite en la cuenta de él«.

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«Hay que considerar algo: no sabemos si es que se puede retirar la plata si la persona no quiere hacerlo, porque puede ser que muchas personas no quieran retirar y no sabemos si la AFP va a permitir el retiro por parte de los ‘alimentarios’ si no hay una autorización del dueño de la cuenta. Eso no queda claro en la ley, por lo tanto, yo creo que hay que pedirlo igual, porque es un derecho», agrega la abogada.

Eso sí, el proceso debe ser solicitado por la madre o padre que está a cargo del menor en cuestión, pero ¿qué se debe hacer para solicitar este dinero y así lograr cubrir la deuda morosa?. Te contamos:

A considerar, no es necesario contar con un abogado para realizar este trámite, pero hay excepciones y todo depende de la causa. Por ejemplo, si no se encuentra al demandado, si la causa está archivada o si la causa está en tribunal antiguo/menores, en esos casos se necesitaría la asesoría profesional. Lo que sí se debe tener por obligación una Clave Única (si no la tienes, puedes conseguir la tuya acá).

1. Lo primero que se debe hacer es solicitar al tribunal una «Liquidación de Alimentos» o «Liquidación de Deuda», donde se encuentra la causa de pensión de alimentos.

Una vez ingresado en el trámite, la página te muestra los datos del solicitante y más abajo te mostrará a los litigantes. Esto se refiere a todas las partes del proceso. Allí deben actualizar todos los datos de ser necesario.

2. La persona deudora será notificada a través de un correo electrónico o de manera presencial. Una vez entregado el documento, hay un plazo de tres días hábiles para que el deudor se oponga. Si no lo hace, el proceso continúa y se le podrá solicitar al tribunal la retención de lo que el deudor tenga en su 10% de los fondos de AFP.

El papel, es algo similar a esto:

Una vez concluido el proceso, se le debe pedir al tribunal que oficie a la AFP del demandado lo siguiente:

a) Que se informe el monto de la devolución correspondiente al 10% de sus fondos previsionales.

b) Se le ordenará al demandado no retirar el dinero de los fondos hasta que el tribunal liquide la deuda y se resuelva el monto que se le retendrá (puede ser el total o parte del monto, dependiendo de la deuda).

c) Si el juez del caso ordena la retención del dinero, se le informará a la AFP para que deposite el dinero o lo gire en la cuenta bancaria de alimentos señalada en cada caso.

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Algunos consejos que podrían ser útiles

  • Se recomienda revisar a diario la Oficina Judicial Virtual, porque existen casos donde se solicitan más documentos o antecedentes y es necesario entregarlo lo antes posible para cumplir con los plazos.
  • Tener activa y en funcionamiento la página de Banco Estado para revisar si el monto fue depositado y así, evitar ir de manera presencial.
  • Si no sabe en qué AFP se encuentra el demandado, solo con el RUT de él puede revisarlo en la página de la Superintendencia de Pensiones.
  • En la página de YouTube del Poder Judicial existen varios videos tutoriales que podrían explicar cómo realizar el trámite.
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