Plebiscito 2023: ¿Puedo votar con el carnet vencido o comprobante de renovación? - Chilevisión
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15/12/2023 18:10

Plebiscito 2023: ¿Puedo votar con el carnet vencido o comprobante de renovación?

Durante el 17 de diciembre los vocales de mesa recibirán carnet y pasaporte para ejercer el derecho. Quienes no asistan a votar recibirán una multa en caso de no poder justificar su ausencia.

Publicado por William Padron
Este 17 de diciembre se llevará a cabo el Plebiscito Constitucional 2023 para votar "A favor" o "En contra" de la propuesta para una nueva Constitución. Ya con los vocales de mesas designados y la posibilidad de verificar en qué local ejercerán su voto los electoras, el proceso sigue su marcha para ejercer este derecho ciudadano. En vísperas de este histórico sufragio nacional, otras interrogantes entran en juego, como saber si se puede votar con el carnet vencido.

¿Puedo votar con mi carnet vencido?

Existen solo dos documentos con los que podrás acreditar tu identidad el día de la elección. Estos son tu pasaporte o tu cédula de identidad. Efectivamente sí se puede votar con el carnet vencido, pero sólo si venció desde el 1 de enero de 2020 en adelante. Quienes tengan un carnet vencido antes de esta fecha, no podrán utilizarlo para sufragar.  

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  Los vocales registrarán el número de serie de cada talón de la cédula electoral en el Padrón de Mesa y te proporcionarán la cédula electoral, un sello adhesivo y un lápiz. Como parte del proceso, deberás firmar el Padrón de Mesa, asegurando así tu participación en este evento democrático.

¿Cuánto es la multa para quienes no voten?

En el marco del Plebiscito Constitucional y las futuras elecciones, las autoridades de Servel reiteraron la obligatoriedad del voto para aquellos con domicilio electoral en Chile. Quienes no cumplan con su deber cívico serán denunciados a los Juzgados de Policía Local, enfrentándose a multas que oscilan entre 0,5 y 3 UTM, equivalente a cerca de 32 mil a 192 mil pesos. Mientras que el voto es voluntario para chilenos en el extranjero, se destaca que el Plebiscito de Salida no contempla un periodo de excusas.

¿Qué pasa con los que no pueden asistir a votar?

Aquellos que no puedan asistir recibirán citaciones del Juzgado de Policía Local, debiendo justificar su ausencia ante el juez. Las condiciones aceptadas para excusarse incluyen:
  • Enfermedad
  • Estar a más de 200 kilómetros del domicilio electoral
  • Ausencia del país
  • Cualquier otro impedimento grave debe ser debidamente comprobado ante la autoridad judicial.
Este enfoque garantiza que la participación en el proceso electoral sea una responsabilidad compartida, mientras se otorgan mecanismos para situaciones excepcionales.