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Corte de Talca ordena a AFP Provida entregar a cotizante el total de sus fondos previsionales

La Corte de Apelaciones de esa ciudad acogió este miércoles el recurso de protección presentado por José Eduardo González Uribe, quien recibirá la totalidad de sus fondos previsionales en un plazo máximo de 30 días.

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La Corte de Apelaciones de Talca acogió este miércoles el recurso de protección presentado en contra de AFP Provida y le ordenó restituir a José Eduardo González Uribe la totalidad de sus fondos previsionales, en un plazo máximo de 30 días.

En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida, al negar la restitución íntegra de los fondos, infringiendo el derecho de propiedad, garantizado por la Constitución.

“Frente a la existencia de dos derechos que parecen contradecirse -seguridad social y propiedad-, debe tenerse en consideración que el primero aparece como un derecho futuro y eventual -requiere que la persona esté viva-, que además es financiada por el propio cotizante”, sostiene el fallo.

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“En tanto el segundo, se trata de un ejercicio inmediato y que guarda relación directa con su calidad y condiciones de vida del recurrente, la libertad en las capacidades de ejercicio y de goce de sus derechos, entre ellos, el de propiedad, sin que pueda obligarse a un control, sea del Estado o de alguna entidad privada, como la recurrida, para el cumplimiento de las obligaciones del Estado. La seguridad social es por definición un derecho, más no una obligación para las personas”,  razonaron los ministros.

La resolución agrega que: “Conforme con lo anterior, se ha acreditado que el recurrente es titular del derecho de dominio sobre los fondos previsionales que mantiene en su poder la recurrida”.

Asimismo, establece que la entrega de los fondos se hace mediante el beneficio de una pensión, por lo que “el rechazo de la recurrida a la restitución íntegra de ese patrimonio pone en juego y amaga la garantía constitucional de la propiedad”.

La determinación tomada por la Corte de Apelaciones de Talca es la primera de este tipo. 

El 26 de febrero pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de protección presentados por dos afiliados a dos AFP, quienes solicitaban el retiro del 50% del ahorro en sus cuentas de capitalización individual y que buscaban destinar a cubrir los costos de enfermedades catastróficas.

Mientrasm en diciembre del año pasado el Tribunal Constitucional comunicó que negó el retiro de fondos de AFP requerido por dos jubiladas.

Se trata de María Angélica Ojeda, una profesora de Antofagasta y de Beatriz Valenzuela, una enfermera de Punta Arenas, quienes ingresaron recursos de protección ante las Cortes de Apelaciones de sus respectivas ciudades.

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