Tesorería hizo llamado a cobrar más de $22.800 millones olvidados
En total, más de 21 mil empresas y a más de 45 mil personas tienen dineros pendientes.
A través de un comunicado, la Tesorería General de la República hizo un llamado a cobrar más de $22.800 millones «olvidados», que corresponden a más de 21 mil empresas y a más de 45 mil personas.
Se trata de dinero correspondiente a devoluciones de impuestos o pagos de beneficios, que no fueron cobrados a tiempo por los destinatarios.
Según explicó Hernán Frigolett, tesorero general, explicó que cada año se emiten alrededor de 300 mil cheques y 150 mil pagos por caja, de los cuales el 15% caduca.
¿La razón? Los cheques tienen una vigencia de 60 días, mientras que los pagos en efectivo de 90, por lo que, en caso de no ser reclamados, se devolverán al destinatario.
El contribuyente o beneficiario podrá pedir la devolución de ese dinero en Tesorería, en un plazo máximo de 5 años desde la fecha de emisión original.
¿Cómo saber si tengo dinero «olvidado»?
A través del sitio web Escritorio Empresa, las personas y empresas podrán consultar vía online si tienen dineros pendientes. Para ello, debe ingresar a la plataforma, elegir la opción «Consulta de Medios de Pagos Caducados«, donde deberá ingresar su Clave Única del Registro Civil o la clave del SII.
Allí sabrá si existen dineros no cobrados asociados a su RUT. De ser así, se desplegarán las instrucciones para realizar el cobro.
Si no puede hacer el trámite vía online, debido a que el sitio ha presentado ciertas intermitencias en las últimas horas, puede volver a consultar más tarde o acercarse a cualquier sucursal de la Tesorería General de la República a lo largo del país.
¿Cómo pedir el dinero de vuelta?
Las personas o empresas con dineros pendientes deberán dirigirse a la Tesorería que corresponda, de acuerdo a su dirección tributaria, y pedir un nuevo cheque, en reemplazo del caducado.
En el caso de las personas, deberá presentarse con su cédula de identidad, mientras que, si es empresa, tendrá que llevar el RUT, la escritura de constitución de la empresa, el certificado de vigencia y un poder.
Por su parte, también es posible pedir la devolución del dinero de personas fallecidas. Para ello, se debe adjuntar la misma documentación en cualquier oficina de la Tesorería.