Con la educación a distancia, ¿debo seguir pagando la mensualidad completa del colegio? - Chilevisión
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14/05/2020 14:33

Con la educación a distancia, ¿debo seguir pagando la mensualidad completa del colegio?

Expertos y autoridades recomiendan generar diálogo entre apoderados y sostenedores para evaluar porcentajes de rebaja en las mensualidades dado el actual contexto de pandemia.

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"Las clases no han sido lo que uno espera, mi hija hoy no tiene clases, ayer tuvo 45 minutos de inglés, mañana tampoco tiene clases, el viernes tiene clases a hasta las 5 todo el día, los niños con un horario así se aburren, no es el mejor sistema".

Lo que relata esta apoderada de sexto básico del Instituto O'Higgins de Maipú, que ahora es parte de la Fundación Boston College, es el sentir de miles de apoderados a lo largo del país que no están conformes con las clases que les brindan a sus hijos, más aún cuando la mensualidad se sigue cobrando de manera completa.

En algunos casos han podido llegar a acuerdos y rebajar la mensualidad, pero sin un orden ni certeza establecidos.

"Pensamos que con la cuarentena el costo iba a bajar, desde el colegio nos habían dicho que lo que nosotros pagáramos iba ser para pagarle a los profesores, pero marzo lo pagamos completo, en abril nos descontaron solo un 15% y ahora en mayo no sabemos qué va a pasar" relata la apoderada.

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¿Qué pasa si el apoderado no paga la mensualidad?

En los establecimientos educacionales particulares se firma un contrato anual que da la opción de ir realizando el pago de manera mensual. En este contrato el centro educativo se compromete a brindar clases de forma presencial a los alumnos.

En Temuco, apoderados del Colegio Bautista interpusieron un recurso de protección donde se acusa el despacho de guías y clases por videoconferencia solo una vez a la semana en el marco de la pandemia, sin modificar la obligación del pago de mensualidades.

La Corte de Apelaciones lo declaró admisible por incumplimiento de contrato en la prestación de los servicios educacionales.

Podría no pagar alegando que no se ha prestado el servicio contratado, el apoderado tiene herramientas. Tú te comprometiste a cumplir un pago por un contrato y este no se está cumpliendo. La presentación de recursos de protección ha suspendido el pago, pero la idea no es llegar al límite de la judicialización de esto” asegura Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios.

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Antes de llegar a un proceso de judicial es importante tener en cuenta que la relación entre la comunidad educativa es a largo plazo, 12, incluso 14 años por lo que una de las principales preocupaciones de los apoderados es asegurar la permanencia del alumno en el próximo año escolar.

Creemos que los apoderados pueden seguir pagando una mensualidad, pero con una rebaja significativa y que los colegios sacrifiquen la utilidad para seguir manteniéndose. Lo principal es que los apoderados lleguen a un acuerdo con el sostenedor de cuánto es la rebaja que debería hacer el colegio para que continúe funcionando y no quiebre”. Señaló Calderón.

¿Cuál es la recomendación para los apoderados?

Los expertos coinciden en que la clave es el diálogo entre los apoderados y el sostenedor ya que la buena relación entre la comunidad educativa es fundamental. Según el abogado José Roa, ex Director Nacional del Sernac y académico de la Universidad Diego Portales, este diálogo se debe dar en torno a tres preguntas esenciales:

  1. ¿Es posible prestar a distancia el servicio educacional?
  2. Si es posible ¿Cuál es el estándar que deben cumplir en la prestación de este servicio?
  3. ¿Cuál es la debida proporcionalidad de los pagos, entre los pagos que realizan los apoderados y el servicio educacional que se está prestando?

Uno esperaría que el Sernac y la Superintendencia de Educación se coordinaran y establecieran las reglas claras con respecto a estos tres puntos, que fiscalicen el cumplimiento de estos e informaran dichos estándares para que los apoderados sepan cuándo tienen derecho a reclamar y faciliten el diálogo entre la comunidad educativa” dijo el ex Sernac.

En esto coincide Stefan Larenas, presidente de la Organización de Consumidores y Usuarios, quien indica que cada colegio debe ponerse de acuerdo con los apoderados para buscar un mecanismo que indique la rebaja en ciertas prestaciones.

“Existe un oficio de la Superintendencia de Educación que establece parámetros de calidad, pero al Sernac le corresponde pronunciarse en cuanto al arancel y la cuota, eso no lo han hecho entonces los apoderados chocan con algo que no existe” afirma Larenas.

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¿Cuáles son los parámetros que deberían estar cumpliendo los colegios?

Desde el Servicio Nacional del Consumidor han señalado que los servicios educacionales no pueden reducirse sólo a un acto de consumo, durante la pandemia es necesario reinterpretar la Ley y considerar que esta se debe aplicar de manera distinta a como operaría en una situación de normalidad.

Las autoridades de educación insisten en la necesidad de coordinación que se debe dar entre los colegios y los apoderados para buscar la mejor manera de terminar el ciclo escolar.

Lo exigible es que los establecimientos entreguen una prestación equivalente al servicio, que independiente de la modalidad se cumplan los objetivos pedagógicos para que los alumnos adquieran las competencias correspondientes.

Desde el Sernac indican que “todavía estamos en una primera etapa de necesidades básicas y de adaptación a las nuevas formas de recibir los servicios, pero llegará el momento de las acciones que correspondan, si es que dichas modalidades no son efectivamente equivalentes ni cumplen el objetivo por el que se pagó”.

La Superintendencia de Educación indica que, ante la suspensión de clases decretadas por el Ministerio de Salud, los establecimientos tienen la obligación de reprogramar sus planes y sistemas educativos, entregar material de apoyo y buscar la forma de seguir entregando los contenidos a los niños y niñas.

Si algún apoderado considera que el establecimiento no está cumpliendo con este objetivo puede hacer la denuncia en la página de la Superintendencia de Educación” señalan desde este organismo.

Criterios establecidos por el Ministerio de Educación para dar clases online:

- No sobrecargar a los estudiantes. Planificar actividades considerando tiempos adecuados (40 minutos en la mañana y 40 en la tarde)

- Priorizar contenidos y habilidades basales, tales como habilidades matemáticas, lectura, etc.

- Lo socioemocional es tan importante como lo pedagógico en estos momentos

- Considerar estrategias diversificadas que respondan a necesidades específicas de cada estudiantes (por ejemplo, aquellos que no tienen conexión a internet)

- Apalancarse de herramientas que ya están disponibles en el sistema: aprendoenlinea.cl, TV Educa Chile y material aprendo en casa (en caso de EE sin internet), etc.

- Recomendamos que las evaluaciones sean de carácter formativo

- Siempre buscar instancias para retroalimentar el trabajo de los estudiantes

- Cuidar a los que cuidan: resguardar planificaciones acordes a la carga laboral de los docentes, también considerando sus circunstancias particulares